La Substantial Presence Test (prueba de presencia sustancial) decide si se le considera residente de EE. UU. a efectos fiscales. No son simplemente 183 días en un año: es una fórmula ponderada sobre tres años naturales, y por eso hay quien queda sujeto a ella sin haber pasado nunca medio año en el país.
Sigue contando. Lleva estos viajes al contador: las tres normativas, viajes previstos, sin registro.
Todos sus días de este año, más un tercio de los días del año pasado, más un sexto de los días del año anterior a ese.
Al menos 31 días en el año en curso y un total ponderado de 183 o más a lo largo de los tres años.
A diferencia del Reino Unido, no hay frontera en abril: del 1 de enero al 31 de diciembre.
Se excluyen los días como individuo exento (ciertas categorías de visado), los días en que no pudo salir por una afección médica surgida en EE. UU. y los días de desplazamiento habitual desde Canadá o México. Esta calculadora cuenta todos los días introducidos.
Suma todos los días de presencia en EE. UU. del año en curso, añade un tercio de los días del año anterior y un sexto de los del año previo a ese. Si el total llega a 183 y tuviste al menos 31 días en el año en curso, se cumple la prueba.
Sí. Cualquier fracción de un día en que estés físicamente en Estados Unidos cuenta como un día completo, con excepciones limitadas.
Significa que se le considera residente fiscal de EE. UU. durante ese año, lo que incorpora sus ingresos mundiales. La excepción de vínculo más estrecho (closer-connection exception) y los convenios fiscales pueden cambiar el resultado: este es el momento de buscar asesoramiento profesional.
Si estuvo presente menos de 183 días en el año en curso y puede acreditar un domicilio fiscal y un vínculo más estrecho con otro país, es posible que evite la condición de residente presentando el Formulario 8840.
Traducción ofrecida para su comodidad. Los acuerdos, condiciones y documentos legales están en inglés, y prevalece la versión en inglés.